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Carta de Derechos de los Usuarios y la Comunidad de la Estantería Digital de Papalotla

· 3 min de lectura
Oscar Zambrano
Dirección de Insielab

La Estantería Digital de Papalotla, para garantizar el ejercicio del conocimiento democrático, establece esta Carta de Derechos para sus Usuarios y su Comunidad.

Para la Estantería, los Usuarios son definidos como toda aquella persona que use, de buena fe, los contenidos —archivos, documentos, recursos, multimedia y código fuente— de la misma.

Derechos de los Usuarios​

Los Usuarios de la Estantería tienen derecho a:

  • Libre acceso a los contenidos de la Estantería, con independencia del uso que se le dé a la información.
  • Gratuidad perpetua de la información que sea propiedad de la Estantería.
  • Denunciar contenido cuando considere que infringe normas de copyright, sea discriminatorio, incite a la violencia, sea inexacto históricamente o promueva actitudes contrarias a los valores de la Estantería.
  • Acompañamiento en la búsqueda y el aprendizaje. Este acompañamiento se hará mediante los sistemas y mecanismos de búsqueda automáticos de la plataforma. El acompañamiento humano se hará de acuerdo con las capacidades de la Asamblea y la Comunidad.
  • Libertad de expresión en todos los espacios de la Estantería.
  • Audiencia con la Asamblea de la Estantería en caso de una expulsión temporal o permanente.

Para la Estantería, la Comunidad son aquellas personas que buscan activamente el mejoramiento, desarrollo y pertenencia a los entornos sociales de la Estantería, véase la Plataforma, el Archivo, redes sociales, el servidor de Discord o cualquier plataforma.

Derechos de la Comunidad​

La Comunidad de la Estantería tiene derecho a:

  • A los mismos derechos que los Usuarios.
  • Escucha activa por parte de la Asamblea de la Estantería. La comunidad puede convocar a una sesión de la Asamblea si el 10% de la comunidad así lo decide; dicha sesión será abierta.
  • Participar en un proceso de elección de la Asamblea de la Estantería, su órgano supremo. La comunidad elige a los miembros de la Asamblea que no correspondan a la formación inicial, así como a quienes cubran vacantes y renovaciones, y elige de manera autónoma a sus representantes ante la Asamblea.
  • Acompañamiento de la Estantería para sus contribuciones archivísticas y documentales, para una mayor exactitud y precisión histórica.

Usuarios y Comunidad están obligados a comportarse de acuerdo con el Código de Conducta de la comunidad y colaboradores.


Sean bienvenidos afectuosamente a la Estantería Digital de Papalotla.


Establecida el 1 de agosto de 2025 por la Resolución Número 7 del Consejo de Contenido, en conmemoración del Movimiento Democrático de Papalotla. Reformada por imperativo y ampliación el 1 de agosto de 2026 por la Resolución Número 8, que sucede al Consejo de Contenido y a la Mesa de Administración por la Asamblea de la Estantería.