Reglamento de Bienestar Animal (2025)
| Folio | HONREGLAMENTO2022LEYMPDFXXJK |
|---|---|
| Autor | Honorable Ayuntamiento de Papalotla de Xicohténcatl (2024-2027) |
| Año | 2025 |
| Formato | |
| Generada por | Insielab Navicorda |
Nota editorial: Este documento actualiza disposiciones del Reglamento para la Protección de Perros y Gatos (2022), aunque este último no fue derogado formalmente.
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Reglamento para la Protección de Perros y Gatos (2022)
| Folio | 20220101-HADPDX-Reglamento-LM |
|---|---|
| Autor | Honorable Ayuntamiento de Papalotla de Xicohténcatl (2021-2024) |
| Año | 2022 |
| Formato | |
| Generada por | Proyecto aenergy |
Nota editorial: Este reglamento sigue vigente y coexiste con el Reglamento de Bienestar Animal (2025), que amplía su alcance a otras especies.
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Reglamento para la Protección de Perros y Gatos (2022)
| Folio | 20220101-HADPDX-Reglamento-LM |
|---|---|
| Autor | Honorable Ayuntamiento de Papalotla de Xicohténcatl (2021-2024) |
| Año | 2022 |
| Formato | |
| Generada por | Proyecto aenergy |
Nota editorial: Este reglamento sigue vigente y coexiste con el Reglamento de Bienestar Animal (2025), que amplía su alcance a otras especies.
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Preguntas frecuentes
1. ¿Sigue vigente el Reglamento de 2022?
Sí. El Reglamento para la Protección de Perros y Gatos (2022) no fue derogado y sigue en vigor. El de 2025 amplía disposiciones, pero ambos conviven como marcos normativos municipales.
2. ¿Qué cambia con el Reglamento de 2025?
El Reglamento de Bienestar Animal (2025) amplía las disposiciones, establece censos obligatorios de perros y gatos, regula adopciones, venta y exhibición, y detalla sanciones y procedimientos de denuncia ciudadana.
3. ¿A qué animales aplica cada reglamento?
El de 2022 regula específicamente a perros y gatos.
El de 2025 se refiere a animales de compañía, pero en la práctica también está enfocado principalmente en perros y gatos.
4. ¿Quién hace cumplir estos reglamentos?
La aplicación corresponde al Ayuntamiento de Papalotla de Xicohténcatl, a través de la Coordinación de Bienestar Animal, en coordinación con Protección Civil, Seguridad Pública y el Juez Municipal.
5. ¿Qué sanciones existen por maltrato animal?
Van desde amonestaciones, multas y trabajo comunitario, hasta aseguramiento de animales, clausura de establecimientos o arresto de hasta 36 horas, dependiendo de la gravedad.
6. ¿Puedo denunciar un caso de maltrato o abandono?
Sí. Cualquier persona está obligada a reportar actos de maltrato, abandono o agresión animal a la Coordinación de Bienestar Animal del Ayuntamiento, de manera telefónica, por escrito o en comparecencia.
7. ¿Qué pasa con los animales capturados en la vía pública?
Son remitidos al Centro Veterinario Antirrábico donde permanecen al menos 72 horas. Si no son reclamados ni adoptados, pueden ser dados en resguardo o, en último caso, sacrificados bajo normas humanitarias NOM-033.
8. ¿Existen campañas municipales de adopción y esterilización?
Sí. El Ayuntamiento debe realizar campañas periódicas de esterilización, vacunación y adopción responsable, además de promover la tenencia responsable en escuelas y comunidades.